Luego de la sanción que limita la utilización de los decretos de necesidad y urgencia por parte del Poder Ejecutivo, el abogado constitucionalista Diego Armesto detalló los puntos más importantes de la decisión y cómo será el manejo de los DNU a partir de ahora.
En una comunicación con Radio Regional, el letrado explicó: “Lo que se sancionó ayer es una limitación a la utilización por parte del Poder Ejecutivo de una facultad excepcional incorporada a la Constitución de 1994, que son los decretos de necesidad y urgencia. ¿Qué es lo que sucedió desde el 94 en adelante? Hubo un abuso de la utilización de los decretos de necesidad y urgencia para que el Poder Ejecutivo pueda legislar”.
“Frente a esta situación, en el año 2006 Cristina Fernández de Kirchner hace una ley que es abiertamente inconstitucional, porque viola el artículo 81 de la Constitución. Entonces, todos los presidentes, del color que sean, utilizaron la herramienta excepcional para hacer lo que ellos querían con argumentos poco claros que contradicen hasta la mismísima jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Lo que hizo el Congreso ayer fue poner blanco sobre negro”, afirmó.
En esa misma línea, Armesto manifestó que “todo se enfrasca a contradicción con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desde el fallo Berocchi a otros fallos que puedo nombrar, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, consumidores argentinos, donde se establecieron unos estándares para poder hacer el dictado de un DNU”.
“En algún momento tenemos que tratar de tener una normalidad constitucional en este país. Entonces pareciera que hay un republicanismo intermitente. Es complicado”, sentenció el abogado.





