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15 marzo 2026
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San Martín: los vehículos incendiados deben ser pagados por el Estado

El Gobierno debe contar con una póliza de seguros ante estos siniestros.

Anoche se daba a conocer la noticia de que la playa de secuestros de San Martín, estaba siendo consumida por el fuego. En el lugar había autos que hacía tiempo se encontraban allí pero también aquellos vehículos que fueron secuestrados en la última semana.

Nuestro medio se comunicó con el abogado penalista, Hugo López Carribero, para que nos comentara lo que deben hacer aquellas personas que resultaron damnificadas.

“En ese caso tienen derecho a reclamar, lo que habitualmente sucede en este tipo de establecimientos es que hay un seguro genérico, hay una compañía de seguros que cubre en caso de incendios, inundación entonces si todo estaba correctamente legalizado debe haber una póliza de seguro donde los damnificados pueden recurrir ante un siniestro”.

“Se tiene que denunciar para saber cuál es la compañía que está cargo del seguro. En el caso de que no lo tengan se debe hacer cargo el Estado pero siempre hay una compañía de seguro”.

Nuestro medio intentó comunicarse con el Secretario de Relaciones con la Comunidad, Hernán Amat, para consultarle si el lugar contaba con el seguro correspondiente pero no recibimos ningún tipo de respuesta.

Tragedia en Panamericana

Buenos Aires se vio enlutado por la tragedia que terminó con la vida de 5 jóvenes y uno está en estado delicado. Radio Regional le consultó al abogado penalista, cuáles son los cargos que le corresponden al conductor y al dueño del auto.

“El conductor fue imputado por homicidios culposos esto es cuando una persona mata a otra por tres características: negligencia o por imprudencia o por impericia, no fue a propósito pero la justicia interpretó que la muerte de sus compañeros fue generada por la imprudencia al volante de quien conducía. Tiene una pena de hasta 5 años de prisión y es agravado por ser en un automotor y por la pluralidad de las víctimas”.

Una de las hipótesis es que el accidente fue por un desperfecto mecánico, “puede cambiar la carátula si se trata de un caso fortuito, lo que sucede allí es que hay un dato objetivo que es la velocidad con la que circulaban y la responsabilidad de conducir a altas velocidades va por encima del desperfecto mecánico”.

“El propietario puede tener una responsabilidad civil no penal porque no es la persona que conducía”, finalizó diciendo el abogado Hugo López Carribero.

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