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15 abril 2026
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Sociedad

Limitación del derecho a huelga: “No va a modificar sustancialmente lo que está pasando a nivel económico”

La economista y abogada laboralista Natalia Salvo dio su punto de vista respecto al nuevo decreto del Gobierno nacional que busca limitar el derecho a las huelgas en la República Argentina y su posible influencia en la economía del país.

En diálogo con Radio Regional, Salvo explicó que “el derecho a huelga está consagrado en el artículo 14 b de nuestra Constitución Nacional. Es considerado también un derecho humano fundamental en convenios internacionales, como el convenio sobre la libertad sindical número 87, que nuestro país ratificó en 1960, y también en pactos de derechos económicos, sociales y culturales”

“Lo primero que nos enseñan en la Facultad de Derecho es que una norma de rango inferior como un decreto no puede vaciar de contenido, violar, vulnerar un derecho de jerarquía superior que está en la Constitución Nacional, que es la norma primaria. Y esto es lo que ha hecho el Gobierno a través del decreto 340 de necesidad y urgencia, que de necesidad y urgencia no tiene nada, pero que lo que hace es de manera oblicua, tratando la desregulación de la actividad de la medida marcante, introducir una ampliación exorbitante de servicios esenciales”, detalló.

La especialista respondió también sobre cuáles serían las posibles vías para evitar que se confirme el DNU: “Como se trata de un decreto de necesidad y urgencia, se recurre o se apela o se revisa ante el Poder Judicial. Hay un antecedente, porque esto mismo quisieron imponer en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, aquel famoso decreto que entrañaba a un montón de derogación de normas y que ahora se encuentra suspendido por una acción de la Confederación General del Trabajo ante el Poder Judicial, y ahora está a la espera de una resolución de la Corte Suprema”

“Teniendo en cuenta este antecedente, no solamente por quien inició la suspensión, sino por el contenido del decreto, que es muy similar, la CGT ya anunció que va a pedir la inconstitucionalidad y tengo entendido que en estas horas ya lo está”, remarcó la entrevistada.

Por último, Salvo recordó que “en la última dictadura cívico-militar o en el gobierno de Carlos Menem, se intentó hacer exactamente lo mismo. En el primer caso, prohibiendo directamente la huelga y, en el segundo caso, ampliándose la lista de servicios esenciales. Y la verdad es que eso no movió el amperímetro de la crisis económica. Por eso digo que no va a modificar sustancialmente lo que está pasando a nivel económico. Y además se ampliaron las actividades que deben prestar servicios en un paro, que es otro dato”

“Todo esto hay que verlo bajo el prisma de la interpretación restringida, porque es un derecho humano y a través de estas reglamentaciones se cercena, de manera tal que cualquier actividad económica que pueda alterar el proceso productivo, o las telecomunicaciones, o los servicios de internet, o la actividad financiera, son servicios esenciales. Y bajo ningún parámetro de ningún país de tradición de derecho continental como el nuestro, existen estos parámetros que la verdad es ya desnaturalizar y vaciar de contenido el derecho a huelga”, cerró la economista.

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