sábado, abril 20, 2024
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Programa REPRO II: ¿Qué es, quiénes pueden acceder al beneficio que otorga hasta $18 mil?

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación aportará entre 9 y 18 mil pesos a sectores con dificultades económicas. Si tu empresa tiene una facturación con variación interanual negativa puede solicitar el REPRO 2.

El Gobierno Nacional creó el Programa de Recuperación Productiva 2 como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.

La asistencia para las actividades afectadas por la pandemia pero que no son consideradas críticas será de $9.000 por trabajador, para las que sí lo son, de $12.000, y para el sistema de salud, de $18.000 mensuales. Los afectados tendrán tiempo para inscribirse hasta el 3 de mayo.

Pueden solicitar el beneficio las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I de la Resolución 198/2021.

El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:

  • Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
  • Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 18.000);
  • Sector salud: hasta $ 18.000.

Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.

Si la remuneración neta del trabajador o la trabajadora es inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP.

El beneficio del programa REPRO 2 se extenderá por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.

Las empleadoras y los empleadores que no hayan accedido al beneficio podrán inscribirse en los meses siguientes y las empresas que participaron previamente en el Programa podrán reinscribirse.

El canal de comunicación que se ha establecido respecto del estado del trámite del programa REPRO II es única y exclusivamente con las empresas, monotributistas y autónomos solicitantes.

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación aportará entre 9 y 18 mil pesos a sectores con dificultades económicas. Si tu empresa tiene una facturación con variación interanual negativa puede solicitar el REPRO 2.

El Gobierno Nacional creó el Programa de Recuperación Productiva 2 como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.

La asistencia para las actividades afectadas por la pandemia pero que no son consideradas críticas será de $9.000 por trabajador, para las que sí lo son, de $12.000, y para el sistema de salud, de $18.000 mensuales. Los afectados tendrán tiempo para inscribirse hasta el 3 de mayo.

Pueden solicitar el beneficio las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I de la Resolución 198/2021.

El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:

  • Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
  • Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 18.000);
  • Sector salud: hasta $ 18.000.

Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.

Si la remuneración neta del trabajador o la trabajadora es inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP.

El beneficio del programa REPRO 2 se extenderá por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.

Las empleadoras y los empleadores que no hayan accedido al beneficio podrán inscribirse en los meses siguientes y las empresas que participaron previamente en el Programa podrán reinscribirse.

El canal de comunicación que se ha establecido respecto del estado del trámite del programa REPRO II es única y exclusivamente con las empresas, monotributistas y autónomos solicitantes.

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