Esto también rige para los hipermercados, ferretería y toda actividad o comercio que permita la acción presencial.
Para realizar las comprar en los suspermercados, hipermercados, ferreterías y toda actividad o comercio que permita la acción presencial, se tendrá en cuenta la terminación del documento a partir de hoy.
Esta disposición está plasmada en el decreto 563, donde se dispone un sistema de turno tanto para prestación de tareas como para la asistencia a los distintos comercios con el fin de evitar las aglomeraciones.
Dado esto las personas que tengan terminación de documento en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles, viernes, de 08.00 a 18.00 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 08.00 a 13.00 horas.
Quienes tengan terminación en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves, sábados, de 08.00 a 18.00 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 13.00 a 18.00 horas.
Quedan exceptuados de la limitación los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también las compras en farmacias.
Cualquiera que incumpla con la circulación y/o permanencia en la vía pública comercio de cualquier tipo, estudio, oficina, o cualquier otro espacio de personas cuya terminación del DNI no corresponda con el día especificado en los puntos anteriores será multado.
Los valores de las multas van de $5.000 para la persona infractora, $10.000 para el comercio o centro de atención privado y $50.000 si se trata de un supermercado o hipermercado.
Por redacción.