Así lo confirmaron desde el Ministerio de Economía y Energía, ya que no es regulado por el decreto Nº 390.
Las medidas para prevenir y mitigar el avance de la pandemia de Coronavirus derivó en una batería de medidas que el gobernador Rodolfo Suarez formalizó en el decreto Nº 390. En concreto, la normativa excluye al transporte de carga, que es regulado por el Ministerio de Transporte de la Nación y cuyo conductor es considerado como un visitante en tránsito.
La norma que establece que toda persona que llegue a la provincia por cualquier vía y frontera nacional o internacional, a partir del miércoles 18 de marzo, deberá realizar los 14 días de aislamiento de forma obligatoria, no aplica sobre el personal del transporte de cargas.
Por las características de su trabajo, se considera que el chofer de cargas conduce en soledad, no tiene posibilidades de tomar contacto con otras personas y además cumple con un estricto control sanitario para realizar su tarea.
Fuente: Prensa del Gobierno de Mendoza.